Cómo reclamar a AEDAS Homes por defectos de construcción: lo que ampara la Ley de Ordenación de la Edificación
Comprar una vivienda de obra nueva no obliga a asumir cualquier defecto que aparezca después. La Ley de Ordenación de la Edificación establece garantías obligatorias frente a la promotora, y son bastante más amplias de lo que la mayoría cree.
Los plazos son tres: un año para los defectos de terminación, tres años para los que afectan a la habitabilidad y diez años para los daños estructurales. Se cuentan desde la recepción de la obra, no desde la entrega de llaves de cada vivienda.
La vía de reclamación empieza por documentar: un dictamen técnico que describa el daño, determine su origen y valore la reparación. Sin ese informe no hay nada que sostener ante la promotora ni ante un juez.
A continuación se reclama por escrito, con burofax a la promotora y, si procede, ver web a constructora y dirección facultativa. Muchos asuntos se resuelven ahí; cuando no hay acuerdo, siguen en los tribunales apoyados en ese mismo dictamen.
En promociones grandes la reclamación conjunta de la comunidad de propietarios suele ser más eficaz y distribuye los costes técnicos entre todos los afectados.